Los parlamentarios socialistas ponen en valor los nuevos subsidios extraordinarios por falta de actividad para las empleadas del hogar y por finalización de contrato temporal

Los parlamentarios socialistas Javier Antón, Pilar Delgado y Jesús Manuel Alonso han puesto en valor los nuevos subsidios  extraordinarios por falta de actividad para las empleadas del hogar y por finalización de contrato temporal que ha aprobado el Consejo de Ministros mediante un Real Decreto. De esta manera se pone en marcha un nuevo subsidio para las personas integradas en el Sistema Especial para Empleadas del Hogar del Régimen General de la Seguridad Social realizado en colaboración con el Ministerio de Igualdad.

A fecha 28 de febrero, en la provincia de Soria este subsidio, contemplado en el Real Decreto 11/2020, ya beneficia a 90 personas, en Castilla y León la cifra se acerca a las 2.100 mientras que a nivel nacional son 43.700 según una respuesta del Gobierno al Grupo Parlamentario Socialista en el Senado.

El Gobierno considera prioritario proteger a este colectivo durante la pandemia, a la vez que trabaja en la ratificación del Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo que promueve el trabajo decente para las personas trabajadoras del ámbito doméstico.

Podrán percibir por derecho la nueva prestación las personas dadas de alta como empleadas del hogar antes de la entrada en vigor del estado de alarma que hayan dejado de prestar servicios en uno o varios domicilios, total o parcialmente para reducir el riesgo de trasmisión a causa de la crisis sanitaria del Covid 19

Las empleadas del hogar tendrán derecho a un subsidio equivalente al 70 % de su base reguladora en el caso de que la pérdida de actividad sea total. Si la empleada reduce su jornada percibirá la parte provincial correspondiente a esa reducción. El nuevo subsidio es compatible con otros ingresos por cuenta propia o ajena siempre que no superen el SMI, sin embargo será incompatible con el subsidio por incapacidad temporal o con el cobro del Permiso Retribuido Recuperable.

Además, el Consejo de Ministros, también ha aprobado un Subsidio de Desempleo Excepcional por Fin de Contrato Temporal. Podrán acceder  a él las personas trabajadoras que disfrutasen de un contrato de, al menos, dos meses de duración que se hubiese extinguido tras la entrada en vigor del estado de alarma y que no contasen con cotizaciones suficientes para acceder a una prestación por desempleo.

Tendrá un importe del 80 % del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) y se percibirá por un mes. El nuevo Subsidio de Desempleo Excepcional  por el fin de Contrato Temporal será incompatible con cualquier otra renta, salario social, subsidio, prestación o ayuda concedida por las administraciones  públicas.

 

 






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